Este año se da la particularidad de que los feriados por las fiestas caen un día jueves: el jueves 25 de diciembre y el jueves 1° de enero.
Al existir un viernes después de un feriado muchos suponen que automáticamente ese día se transforma en feriado puente turístico, cosa que no es así porque la ley determina que por año hay dos feriados de ese tipo. También se confunden los anuncios del gobierno de asuetos, pero los mismos se aplican solo a los empleados públicos.
El gobierno determino mediante un decreto que el próximo viernes 26 de diciembre de 2014 sea feriado pero no así para el próximo viernes 2 de enero 2015 que no hay ninguna clase de feriado.
El viernes 26 de diciembre es feriado puente turístico.
Tener en cuenta que esta clase de feriados no tiene ninguna diferencia con el resto de los feriados nacionales, por lo que en caso de tener que trabajarlo se debe cobrar doble o lo que establezca el convenio laboral de la actividad.